Desde la madrugada, entraron en vigencia nuevas normativas que endurecen las condiciones de ingreso al país. Las modificaciones, oficializadas a través del Decreto N° 366/2025, apuntan a facilitar el régimen de deportación y afectan también el acceso a la salud y la educación para extranjeros.
“Si queremos ser un país serio, también debemos llevar a cabo una reforma migratoria”,
expresó el presidente Javier Milei durante la Apertura de Sesiones del Congreso.
Acceso a servicios según tipo de residencia
El acceso a servicios sociales, educación, justicia y salud seguirá vigente para todos los inmigrantes, pero con restricciones según su categoría migratoria: permanente, temporaria o transitoria.
Educación
Los extranjeros con residencia temporaria podrán acceder sin restricciones a la educación inicial, primaria y secundaria, incluso si su situación migratoria es irregular.
En cambio, para acceder a la educación superior, las instituciones públicas podrán cobrar una retribución por los servicios educativos. También se habilita el acceso a becas nacionales e internacionales.
Salud pública
Los residentes temporarios deberán contar con un seguro de salud obligatorio. No tenerlo podrá ser motivo para denegar el ingreso al país.
“En casos de emergencia, no podrá negársele ni restringírsele el acceso a la atención sanitaria a ningún extranjero, sin importar su situación migratoria”,
señala el nuevo artículo 8 de la Ley de Migraciones N° 25.871.
Esta exigencia aplica únicamente para consultas y tratamientos médicos no urgentes.
Naturalización y ciudadanía
Podrán solicitar la ciudadanía argentina los mayores de 18 años que hayan residido legalmente al menos 2 años en el país y manifiesten su voluntad ante la Dirección Nacional de Migraciones.
También podrán hacerlo quienes hayan realizado una inversión “relevante”, evaluada por el Ministerio de Economía, sin importar el tiempo de residencia.
Requisitos de ingreso
Los extranjeros deberán ingresar únicamente por fronteras oficiales y presentar:
- Una declaración jurada sobre los motivos del ingreso
- Un seguro de salud
Se prohibirá el ingreso a quienes:
- Cometieron delitos dolosos contra la vida, integridad sexual, poderes públicos o el orden constitucional
- Tengan condenas de 3 años o más, en Argentina o el extranjero
- Hayan facilitado con fines de lucro el ingreso o permanencia ilegal de personas
- Presenten documentación falsa o hayan cometido fraude
- No puedan demostrar una oferta laboral efectiva
Si se les niega el ingreso, Migraciones podrá imponer una prohibición mínima de 5 años.
Régimen de deportación y pérdida de residencia
Se podrá retirar la residencia permanente a quienes hayan cometido delitos penados con prisión.
También serán motivos de deportación:
- Ingresar al país sin pasar por controles migratorios
- Exceder el plazo de estadía autorizado
- No declarar domicilio
- Desnaturalizar los motivos del ingreso
“Los residentes permanentes podrán perder su estatus si cometen delitos dolosos o si pasan más de un año fuera del país”,
según lo estipulado por la nueva normativa.
En el caso de residentes temporarios, el plazo se reduce a seis meses fuera del país.
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